Tasaciones en Guadalajara

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En nuestra tasadora, Perytas, entendemos que no es posible tasar un inmueble sin verlo, ya que variables tales como la orientación, altura, luminosidad y otros factores pueden variar el valor final de una vivienda. Para poder hacer una valoración acorde al valor de mercado, es totalmente necesaria la visita al inmueble por un arquitecto o ingeniero, conforme estipula la Orden ECO 805/2003 que regula la actividad de las empresas tasadoras.

¿Qué le ofrecemos?

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Preguntas frecuentes

Para la defensa de los derechos del particular y usuario final de la vivienda debemos probar los defectos o patologías por medio del estudio y evolución de los mismos, para ello es totalmente imprescindible realizar una visita al inmueble objeto de estudio.

Una vez comprobados redactamos un dictamen o informe pericial en el que se señala el origen, las causas que lo desencadenaron y sintomatología aparecida tras la aparición de las patologías y con posterioridad se procede a realizar una valoración de las posibles soluciones técnicas planteadas para subsanar dichos problemas, referenciando la normas técnicas que se deberían haber aplicado para la correcta ejecución del inmueble.

En caso de que no se llegue a un acuerdo extrajudicial con los responsables del problema, será necesario acudir a la vía judicial donde tendrá lugar la ratificación de nuestro dictamen ante un tribunal de justicia y defensa del mismo en la vista oral del procedimiento.

En resumen, trabajamos para ser un apoyo y no impedimento para los profesionales de la justicia que en multitud de ocasiones se encuentran desamparados por la complicación técnica del estudio de estas patologías y el corporativismo ya mencionado.

La Tasación oficial de inmuebles es aquella, en la que se reúnen las condiciones estipuladas en la Norma ECO 805/2003. En esta regla, se detalla que a fin de que una tasación sea oficial, necesita la visita al inmueble por la parte de un técnico competente y la comprobación de la superficie, acabados y estado de el inmueble. A posteriori, el técnico configura un informe de Tasación Oficial.
El presupuesto que se le facilita, incluye todos y cada uno de los requisitos obligatorios para hacer una tasación oficial.
Para efectuar la Tasación, es preciso que usted haga entrega de una copia de la escritura al técnico o bien una nota simple del registro de la propiedad. En el caso de no entregar dicha información, la valoración va a quedar realizada con la información catastral.
En nuestra empresa tasadora nos aseguramos que toda la evolución de contratación sea lo más adecuado y sencillo posible. Por ello, simplificamos los pasos para la toma de datos y emisión de la tasación, consiguiendo facilitar gran parte de nuestros informes en cinco o siete días laborables desde que se realiza la visita.
La Norma ECO 805/2003, Norma que regula las tasaciones oficiales, indica que, solo puede realizar tasaciones oficiales: - En el caso de locales, viviendas, suelos urbanos y naves industriales, los arquitectos o arquitectos técnicos. - En el caso de las fincas rústicas de cultivo, explotación ganadera o forestal, los ingenieros agrónomos.
La superficie es la primera comprobación que efectúan los tasadores cuando se efectúa la visita a un inmueble. Respecto de la superficie, hay que distinguir entre la superficie construida y la superficie útil. La superficie que está construida trata de la superficie total del inmueble. La superficie útil en cambio, es la superficie en la que se puede habitar, borrando de la superficie total la superficie ocupada por paredes o bien tabiques.