Tasador de inmuebles en Córdoba

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Pues nosotros, como tasadores de inmuebles expertos, entendemos que tampoco es posible valorarlo sin verlo. Para poder tasar acorde al valor de mercado, es totalmente imprescindible la visita al inmueble por un arquitecto o ingeniero, conforme estipula la Orden ECO 805/2003 la actividad de los tasadores.

¿Qué le ofrecemos?

Lo que nos hace diferentes y por lo que destacamos

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Preguntas frecuentes

La valoración oficial de viviendas es aquella, que reúne las condiciones estipuladas en la Regla ECO 805/2003.
El presupuesto que se le facilita, incluye todos los requisitos obligatorios para la oficialidad de la Tasación.
Para efectuar la Tasación, es preciso que usted haga entrega de la escritura al técnico o bien una nota simple del registro de la propiedad. En el caso de disponer de planos de la vivienda, es aconsejable que en el formulario de contacto usted nos lo diga, además de entregárselos al tasador, ya que, la tasación se puede presupuestar más económica.
Seguramente hayas escuchado hablar de las nombradas tasaciones online. En nuestra empresa tasadora, recomendamos y creemos que estas tasaciones no son nada objetivas ni reales y que, a menudo, aportan un valor diferente al inmueble. Nosotros recomendamos la contratación de una tasación oficial, en la que un técnico competente acuda inmueble y realice una tasación oficial de mercado.
En nuestra compañía tasadora garantizamos que toda la evolución de contratación sea lo más adecuado y fácil posible. Por ello, reducimos los pasos para la toma de datos y emisión de la tasación, consiguiendo transmitir la mayoría de nuestros informes en 5-7 días hábiles desde que se realiza la visita.
La Norma ECO 805/2003, indica que, solo puede realizar tasaciones oficiales: - En el caso de las fincas urbanas, los arquitectos o arquitectos técnicos. - En el caso de las fincas rústicas de cultivo, explotación ganadera o forestal, los ingenieros agrícolas.
La superficie es lo que primero que realizan los tasadores cuando se realiza la visita a cualquier inmueble. Respecto de la superficie, hay que distinguir entre la superficie construida y la superficie útil. La superficie construida se refiere a la superficie total del inmueble.