Tasadora Inmobiliaria en Cuenca

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En nuestra tasadora inmobiliaria, Perytas, entendemos que tampoco es posible tasar un inmueble sin verlo, ya que variables tales como la orientación, altura, luminosidad y otros factores pueden variar el valor final de una vivienda. Para poder hacer una tasación acorde al valor de mercado, es totalmente imprescindible la visita al inmueble por un arquitecto o ingeniero, conforme estipula la Orden ECO 805/2003 que regula la actividad de las tasadoras.

¿Qué le ofrecemos?

Lo que nos hace diferentes y por lo que destacamos

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Preguntas frecuentes

La Tasación oficial de viviendas es aquella, que reúne las condiciones estipuladas en la Norma ECO 805/2003. En esta regla, se indica que para que una tasación sea oficial, precisa de la visita al inmueble por la parte de un técnico competente y la comprobación de la superficie, acabados y estado de la residencia. A posteriori, el técnico emite un informe de Tasación Oficial.
El presupuesto que se le facilita, incluye todos y cada uno de los requisitos obligatorios para la oficialidad de la Tasación.
Para efectuar la Tasación, es preciso que usted aporte la escritura al técnico o una nota simple del registro de la propiedad. En caso de no facilitar esta información, la valoración va a quedar realizada con los datos catastrales.
Seguramente hayas oído hablar de las nombradas tasaciones online. Desde nuestra empresa, aconsejamos y creemos que las tasaciones no son objetivas ni reales y que, en la mayoría de las ocasiones, aportan un valor muy diferente al inmueble. Recomendamos la realización de una valoración oficial, en la que un técnico competente acuda inmueble y emita una tasación oficial de mercado.
En nuestra empresa tasadora nos aseguramos que toda la serie de contratación sea lo más adecuado y sencillo posible. Por ello, resumimos los pasos para la toma de datos y emisión del informe de valoración, consiguiendo transmitir un alto porcentaje de nuestros informes en cinco o siete días laborables desde que se realiza la visita.
La Norma ECO 805/2003, indica que, tan solo son técnicos competentes aquellos que: - En el caso de locales, viviendas, suelos urbanos y naves industriales, los arquitectos o arquitectos técnicos. - En el caso de las fincas rústicas de cultivo, explotación ganadera o forestal, los ingenieros agrónomos.
La superficie es lo que primero que realizan los tasadores cuando se efectúa la visita a cualquier inmueble. Respecto de la superficie, hay que diferenciar entre la superficie construida y la superficie útil. La superficie útil en cambio, es la superficie en la que se puede habitar, borrando de la superficie total la superficie ocupada por paredes o tabiques.