Tasador de viviendas en Baleares

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Pues como tasadores oficiales entendemos que tampoco es posible valorar una vivienda sin verla. Para poder tasar acorde al valor de mercado, es totalmente imprescindible la visita al inmueble por un arquitecto o ingeniero, conforme estipula la Orden ECO 805/2003 la actividad de los tasadores de viviendas.

¿Qué le ofrecemos?

Lo que nos hace diferentes y por lo que destacamos

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Preguntas frecuentes

La Tasación oficial inmobiliaria es aquella, que reúne las condiciones estipuladas en la Norma ECO 805/2003. En esta norma, se indica que para que una valoración sea oficial, precisa de la visita al inmueble por la parte de un técnico competente y la comprobación de la superficie, acabados y estado de la residencia. Posteriormente, el técnico entrega un informe de Tasación Oficial.
El presupuesto que se le manda, incluye todos los requisitos precisos para la oficialidad de la Tasación. Por tanto, incluye la visita del técnico a el inmueble, el estudio y levantamiento de la superficie, el estudio de los acabados y el informe de Tasación oficial.
Para efectuar la Tasación, es preciso que usted le entregue la escritura al técnico o bien una nota simple del registro de la propiedad. En el caso de no entregar esta información, la evaluación quedará efectuada con la información catastral.
Seguro que has escuchado hablar de las nombradas tasaciones online.
En nuestra tasadora prometemos que todo el proceso de contratación sea lo más cómodo y sencillo posible. Por ello, reducimos los pasos para la toma de datos y emisión del informe de valoración, consiguiendo entregar gran parte de nuestros informes en cinco o siete días laborables desde que se realiza la visita.
La Norma ECO 805/2003, Norma que regula las tasaciones oficiales, indica que, tan solo son técnicos competentes aquellos que: - En el caso de locales, viviendas, suelos urbanos y naves industriales, los arquitectos o arquitectos técnicos. - En el caso de las fincas rústicas de cultivo, explotación ganadera o forestal, los ingenieros agrícolas.
La superficie es la primera comprobación que efectúan los tasadores cuando se efectúa la visita a un inmueble. Respecto de la superficie, hay que diferenciar entre la superficie construida y la superficie útil. La superficie útil en cambio, se trata de la superficie en la que se puede morar, borrando de la superficie total la superficie ocupada por paredes o tabiques.