Tasación Inmueble en Almería

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¿Compraría un inmueble sin verlo?

En nuestra tasadora, Perytas, entendemos que tampoco es posible tasar un inmueble sin verlo, ya que variables tales como la orientación, altura, luminosidad y otros factores pueden variar el valor final de una vivienda. Para poder hacer una tasación acorde al valor de mercado, es totalmente imprescindible la visita al inmueble por un arquitecto o ingeniero, conforme estipula la Orden ECO 805/2003 que regula la actividad de las tasadoras.

¿Qué le ofrecemos?

Lo que nos hace diferentes y por lo que destacamos

Servicio de Tasación de Perytas

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Preguntas frecuentes

La valoración oficial inmobiliaria es aquella, en la que se reúnen las condiciones estipuladas en la Norma ECO 805/2003. En esta regla, se indica que a fin de que una tasación sea considerada oficial, requiere de la visita al inmueble por un un técnico competente y la comprobación de la superficie, acabados y estado de la residencia. A posteriori, el técnico realiza un informe de Tasación Oficial.
El presupuesto que se le manda, incluye todos y cada uno de los requisitos obligatorios para la oficialidad de la Tasación. Esto es, la visita del técnico a el inmueble, el estudio y levantamiento de la superficie, el estudio de los acabados y el informe de Valoración oficial.
Para realizar la Tasación, es necesario que aporte la escritura al técnico o una nota simple del registro de la propiedad. En el caso de no entregar esta información, la valoración quedará efectuada con los datos catastrales.
Seguro que has escuchado hablar de las nombradas tasaciones online. Desde nuestra empresa, aconsejamos y creemos que las tasaciones no son objetivas ni reales y que, en muchas ocasiones, aportan un valor diferente al inmueble.
En nuestra tasadora nos aseguramos que toda la evolución de contratación sea lo más cómodo y fácil posible. Por ello, disminuimos los pasos para la toma de datos y emisión de la tasación oficial inmobiliaria, consiguiendo entregar la mayoría de nuestros informes en 5-7 días hábiles desde que se realiza la visita.
La Norma ECO 805/2003, Norma que regula las tasaciones oficiales, indica que, solo puede realizar tasaciones oficiales: - En el caso de locales, viviendas, suelos urbanos y naves industriales, los arquitectos o arquitectos técnicos. - En el caso de las fincas rústicas de cultivo, explotación ganadera o forestal, los ingenieros agrónomos.